Artículo 322.-Con base en la totalidad de los estudios
presentados y aprobados y los informes de sus Departamentos técnicos, el -Consejo
Técnico de Asistencia Médico-Social otorgará o denegará el permiso correspondiente.
Una vez. clasificada, la institución deberá ajustarse en su organización y
funcionamiento técnico y administrativo a lo establecido en este Reglamento para la
categoría respectiva.
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