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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1743 >> Fecha 04/06/1971 >> Articulo 326
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1743 - Articulo 326
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Artículo 326
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Artículo 326.-Los establecimientos destinados a proporcionar atención médica que sean sostenidos o subvencionados por el Estado o por las Municipalidades, estarán sujetos a la dirección técnica y a la fiscalización económica de la Dirección General de Asistencia Médico-Social, de conformidad con lo dispuesto por a la ley N9 1153 (38) de 14 de abril de 1950.

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