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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 2
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Artículo 2
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CAPITULO II

Comisión de incentivos para la ciencia y la tecnología

Artículo 2°.- Se establece la Comisión de Incentivos para la Ciencia y la Tecnología, en adelante denominada Comisión de Incentivos, dentro del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y adscrita al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones(*), como parte del marco institucional de Política económica del Poder Ejecutivo y como complemente de las políticas sectoriales en industria, economía y comercio, exportaciones, agricultura, energía, recursos naturales, salud, educación, actividades pecuarias y de pesca. La Comisión de Incentivos tiene como objetivo clasificar, y seleccionar aquellas personas físicas o jurídicas merecedoras de los incentivos que establece la ley N° 7169, con excepción de los incentivos otorgados por el Régimen de Promoción del Investigador, que los recomendará el Consejo Nacional para la Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), y aquellos otros así referidos en la ley.

(*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)

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