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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 50
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Artículo 50
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50

CAPITULO III

Requisitos de ingreso y permanencia

ARTICULO 50.- Para ingresar al Régimen de Promoción deberá satisfacerse, previamente, el requisito de estar incorporado al Registro Científico y Tecnológico.

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