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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 52
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 52
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Artículo 52
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52

ARTICULO 52.- Los proyectos de investigación a que hace mención el artículo 65 de la ley N° 7169 deberán enmarcarse en las áreas prioritarias definidas por el Programa Nacional de Ciencia y Tecnología, además deberán responder a un claro interés nacional y satisfacer los criterios de calidad y mérito científico lo cual será dictaminado por el CONICIT.

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