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ARTICULO 53.- Toda solicitud para acogerse
al beneficio del artículo 26, inciso a) de este reglamento, deberá presentarse en el
formulario "Solicitud de Compensación Económica", acompañada de los
siguientes documentos:
a) Certificación de ingresos expedida por
un Contralor Público Autorizado.
b) Original y copia certificada de los
títulos obtenidos.
c) Programa de investigación a desarrollar
durante los dos años siguientes (para los casos de "asistente" y
"principiante", el programa deberá tener el aval del Director de la Unidad de
Investigación para la cual trabajan los peticionarios).
d) Una recomendación de la autoridad
superior de la institución empleadora.
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