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TITULO V
Incentivos a las empresas editoriales en ciencia y tecnología
ARTICULO 84.- De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 62 de la ley 7169, este título regulará la premiación que el
CONICIT concederá a la Casa Editora o a fin que haya cumplido mejor los objetivos de
difusión de obras de interés científico y tecnológico.
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