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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 87
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 87
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Artículo 87
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87

ARTICULO 87.- Se consideran materiales bibliográficos de interés científico y tecnológico, los libros y las publicaciones periódicas que traten temas de ciencia y tecnología todo a criterio del Jurado Calificador.

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