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ARTICULO 97.- Para la asignación del
premio se considerarán, al menos los siguientes criterios:
a) Concordancia de la labor difundida con
las áreas del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología.
b) Calidad formal y de contenido de la
producción editorial de la empresa postulada.
c) Aporte significativo a la difusión del
conocimiento científico y tecnológico del país.
d) Cualquier otro, a juicio del jurado
calificador que será publicado en la convocatoria respectiva.
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