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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20604 >> Fecha 31/07/1991 >> Articulo 100
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20604 - Articulo 100
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Artículo 100
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100

ARTICULO 100.- Para que una empresa o entidad científica privada pueda acogerse a los incentivos fiscales indicados en el artículo 116 deberá presentar un proyecto de investigación científica o tecnológica que califique dentro de las prioridades del Programa nacional de Ciencia y Tecnología, para tales efectos el CONICIT contribuirá a la evaluación técnica de los proyectos para la respectiva tramitación, a efecto de garantizar la factibilidad y la calidad de las innovaciones tecnológicas propuestas.

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