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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22780 >> Fecha 20/10/1993 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22780 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPITULO II

De las Relaciones de Servicio

    Artículo 4°—Las relaciones de servicio entre el Ministerio y sus servidores se regularán de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento, el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento, el Código de Trabajo, leyes conexas y complementarias, salvo que se trate de servicios pagados por el sistema de servicios especiales, por un término no mayor de un año, en cuyo caso se regularán por las disposiciones del Código de Trabajo, aplicables a contratos a plazo fijo o por obra determinada.

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