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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24204 >> Fecha 20/04/1995 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 24204 - Articulo 18
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Artículo 18
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18

DEL COMITE DE DIVULGACION

Artículo 18.- Corresponderá al Comité de Divulgación, directamente dependiente del Coordinador Nacional, el desarrollo de las siguientes funciones:

1) Promocionar por diversos medios y en forma sistemática los servicios que ofrece el SISI, y sus ventajas;

2) Coordinar con las instituciones estatales y entes del sector privado, relacionados con las inversiones, una adecuada divulgación del SISI tanto a nivel nacional como internacional;

3) Coordinar con las embajadas, los agregados comerciales, las cámaras privadas y con quien corresponda, la labor de divulgación del SISI; y,

4) Cualquier otra que el Consejo Asesor o el Coordinador Nacional le asignen."

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