Artículo 6
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ARTICULO 6.- Concienciación
Cuando, por cualquier razón o propósito, se trate o utilice el tema
de la discapacidad, este deberá presentarse reforzando la dignidad e
igualdad entre los seres humanos. Ningún medio de información deberá emitir mensajes estereotipados ni menospreciativos en relación con la
discapacidad. Las organizaciones de personas con discapacidad deberán ser
consultadas sobre este tema.
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