Artículo noveno.- El premio que otorga el CONICIT a la
empresa editorial, que haya cumplido mejor los objetivos de difusión de obras
de interés científico y tecnológico, seguirá siendo regulado por la ley N°
7169 el decreto 20604-MICITT(*) y será entregado por el Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones(*), el CONICIT y la Asociación Costarricense para la Promoción de las
Ciencias y la Tecnología, el día 23 de abril de cada año, Día Internacional
del Libro.
(*)(Modificada su denominación por el artículo 11 de la
Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente,
Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046
del 25 de junio de 2012)
|