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 Normativa >> Ley 7494 >> Fecha 02/05/1995 >> Articulo 37
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Normativa - Ley 7494 - Articulo 37
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Artículo 37
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37

ARTICULO 37.-

Prohibición de fragmentar.

La Administración no podrá fragmentar sus adquisiciones de bienes y servicios con el propósito de variar el procedimiento de contratación.

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