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ARTÍCULO
32.- La distribución comprende el derecho del autor de autorizar o no la
puesta a disposición del público de los ejemplares de su obra,
por medio de la venta u otra forma de transmisión de la propiedad,
alquiler o cualquier otra modalidad de uso a título oneroso.
Cuando
el autor u otro titular del respectivo derecho sobre la obra autorice
la comercialización de los ejemplares mediante venta, conservará
siempre los derechos de modificación, comunicación pública
y reproducción de la obra, así como el arrendamiento de los ejemplares
y, en su caso, el derecho de persecusión
("droit de suite").
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