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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25056 >> Fecha 19/02/1996 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25056 - Articulo 15
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Artículo 15
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15

CAPITULO VII

De la vestimenta de los trabajadores

Artículo 15.- Cuando el polvo de asbesto pueda contaminar la ropa de

los trabajadores en la fabricación o manipulación de productos de

asbesto, el empleador deberá proporcionar ropa de trabajo adecuada que en

ningún caso podrán ser llevadas fuera de los lugares de trabajo, esta

debe ser lavada por parte del empleador evitando la formación de polvo

durante su manipuleo.

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