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 Normativa >> Ley 7530 >> Fecha 10/07/1995 >> Articulo 27
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Normativa - Ley 7530 - Articulo 27
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Artículo 27
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27

Artículo 27.- Autorización del Ministerio. El Ministerio será el único órgano encargado de autorizar el uso y la importación de las armas y los artefactos requeridos por los miembros de las fuerzas de policía, que crea y regula la Ley General de Policía y las del Organismo de Investigación Judicial, y los demás funcionarios públicos expresamente autorizados para poseerlos.

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