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 Normativa >> Ley 7800 >> Fecha 30/04/1998 >> Articulo 34
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Normativa - Ley 7800 - Articulo 34
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Artículo 34
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34

ARTÍCULO 34.- Exonérase del pago de los impuestos de salida del país

a las delegaciones deportivas, recreativas y de las ciencias del deporte

de representación nacional, que participen en competencias o actividades

deportivas internacionales y a las delegaciones deportivas extranjeras que

vengan a participar en actos o competencias, de carácter nacional o

internacional.

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