Transitorio IV.- El Ministerio de Educación Pública, dentro del plazo de un
año desde la promulgación de esta Ley, debe adecuar los planes de estudio en el
primero, segundo y tercer ciclos, incluyendo como contenido el tema: "Los
derechos del consumidor", estipulados en el Capítulo V de esta misma Ley.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veinte días del mes
de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
|