Buscar:
 Normativa >> Ley 7554 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 98
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 98     >>
Normativa - Ley 7554 - Articulo 98
Ir al final de los resultados
Artículo 98
Versión del artículo: 1  de 1
98

CAPITULO XIX

Sanciones

Artículo 98.- Imputación por daño al ambiente. El daño o contaminación al ambiente puede producirse por conductas de acción u omisión y les son imputables a todas las personas físicas o jurídicas que la realicen.

Ir al inicio de los resultados