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 Normativa >> Ley 7554 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 109
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Normativa - Ley 7554 - Articulo 109
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Artículo 109
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109

ARTICULO 109.- Asesoramiento al Tribunal

El Tribunal Ambiental Administrativo tiene la obligación de

asesorarse por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, cuando el caso

planteado en la denuncia así lo amerite. También, puede ser asesorado por

cualquier organismo, nacional e internacional o por personas físicas o

jurídicas.

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