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 Normativa >> Ley 7554 >> Fecha 04/10/1995 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 7554 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.- Fines de la educación ambiental. La educación ambiental relacionará los problemas del ambiente con las preocupaciones locales y la política nacional de desarrollo; además, incorporará el enfoque interdisciplinario y la cooperación como principales fórmulas de solución, destinadas a promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales.

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