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Artículo 13.- Fines de la
educación ambiental. La educación ambiental relacionará los
problemas del ambiente con las preocupaciones locales y la política
nacional de desarrollo; además, incorporará el enfoque
interdisciplinario y la cooperación como principales fórmulas de
solución, destinadas a promover la conservación y el uso
sostenible de los recursos naturales.
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