53
CAPITULO
XIII
Suelo
Artículo 53.- Criterios. Para proteger y aprovechar el suelo,
se considerarán, entre otros, los
siguientes criterios:
a) La relación adecuada entre el uso potencial y la
capacidad económica del suelo y el subsuelo.
b) El control de prácticas que favorezcan la erosión
y otras formas de degradación.
c) Las prácticas u obras de conservación de
suelos y aguas que prevengan el deterioro del suelo.
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