Artículo 30.Fundamentación
del recurso.
30.1 El escrito de apelación deberá
indicar con precisión las infracciones sustanciales que se le imputan al acto de
adjudicación o a los actos del procedimiento, con indicación de las normas o principios
que se alegan como quebrantados.
30.2 El recurrente deberá aportar la
prueba en que se apoyen sus argumentaciones, y en caso que discrepe de los estudios
técnicos tomados en cuenta por la Administración concedente, aportará, en la medida de
lo posible, estudios técnicos, preparados por profesionales calificados, que sustenten su
posición.
30.3 El ofrecimiento de prueba complementaria deberá
hacerse en el escrito de apelación.
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