Artículo 61.Se impondrá pena de prisión de
tres a diez años a quien, mediante promesa remunerada, exhorte a un funcionario público
para que procure, por cualquier medio, la impunidad o evasión de las personas sujetas a
investigación, indiciadas o condenadas por la comisión de alguno de los delitos
tipificados en esta Ley.
Igual pena se impondrá a quien altere, oculte,
sustraiga o haga desaparecer los rastros, las pruebas o los instrumentos de esos delitos,
o asegure el provecho o producto de tales actos.
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