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 Normativa >> Ley 7732 >> Fecha 17/12/1997 >> Articulo 47
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Normativa - Ley 7732 - Articulo 47
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Artículo 47
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47

ARTÍCULO 47.- Derechos y cargas derivadas del sorteo

Si los títulos vendidos a plazo estuvieren sujetos a sorteo para

otorgar premios o reembolsos, los derechos y las cargas derivados del

sorteo corresponderán al comprador, cuando el contrato se celebre antes

del día especificado para el inicio del sorteo.

Sólo para el efecto indicado en el párrafo anterior, el vendedor

deberá comunicar al comprador por escrito los números de los títulos, al

menos con un día de anticipación a la fecha del sorteo. A falta de este

aviso, se entenderá que los títulos han resultado favorecidos.

Si los títulos indicados por el vendedor no fueren favorecidos, este

quedará libre de entregar al vencimiento otros títulos de la misma

especie.

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