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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26679 >> Fecha 05/01/1998 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26679 - Articulo 5
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CAPITULO II

De la Unidad de Recursos Humanos

Artículo 5°- De la unidad de Recursos Humanos. Existirá la Unidad de Recursos Humanos dependiente del Área Administrativa Financiera dentro de la organización del Ministerio para atender debidamente todos los asuntos referentes al mismo; que se avoque a la administración, promoción y desarrollo del recurso humano.

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