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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26679 >> Fecha 05/01/1998 >> Articulo 84
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26679 - Articulo 84
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Artículo 84    (No vigente*)
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Artículo 84°- La calificación de los servicios de cada funcionario se hará conforme a las normas y técnicas que se establecen en el manual de procedimientos antes citado.

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