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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26679 >> Fecha 05/01/1998 >> Articulo 113
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26679 - Articulo 113
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Artículo 113    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 113°- La amonestación verbal corresponderá imponerla al superior inmediato cuando el trabajador en forma expresa o tácita, incurra en alguna falta leve a las obligaciones de su relación de servicio en los artículos 10, 11 excepto los incisos 22), 24) los cuales tienen sanción establecida, el artículo 12 excepto el inciso 11), y el artículo 13.

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