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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27056 >> Fecha 05/01/1998 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27056 - Articulo 3
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Artículo 3
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   Artículo 3°—Será el Ministerio de Agricultura y Ganadería el encargado de velar por el cumplimiento del presente reglamento técnico.

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