Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28031 >> Fecha 05/07/1999 >> Articulo 6
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 6     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 28031 - Articulo 6
Ir al final de los resultados
Artículo 6
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 6.—Funciones y deberes de la Coordinación General. Corresponderá a la Coordinación General de los CORECITS de acuerdo a la Ley 7169, al Plan Nacional de Desarrollo y al PNCyT que deberán regir a los Consejos creados en éste decreto:

1. Promocionar las políticas y directrices científicas y tecnológicas de acuerdo al PNCyT, el Plan Nacional de Desarrollo y la Ley 7169, que deberán de regir a los Consejos creados en éste decreto.

2. Establecer las reglas de la coordinación con cada uno de los Consejos, de manera que permita coordinar las actividades y potenciar el desarrollo científico y tecnológico regional.

3. Identificar las necesidades de capacitación de los Consejos y colaborar en la solución de éstas para el desarrollo de la gestión científica y tecnológica.

4. Identificar las necesidades de los recursos humanos y financieros de cada Consejo y colaborar en la búsqueda de éstos.

5. Realizar actividades de supervisión y monitoreo del que hacer de los Consejos.

6. Coordinar actividades nacionales de promoción y divulgación de los logros científicos y tecnológicos alcanzados en determinada región.

7. Deberá además la Coordinación General:

a) Evaluar y avalar de forma expedita la programación anual presentada por los Consejos Regionales.

b) Facilitar y brindar apoyo a las actividades programadas por los Consejos.

c) Identificar y valorar la capacitación requerida para los Consejos.

d) Velar por la efectiva ejecución de los programas, proyectos y acciones científicas y tecnológicas regionales.

e) Divulgar las directrices ministeriales en lo que respecta a los tópicos de ciencia y tecnología a los Consejos, las cuales serán indicativas para el sector privado y vinculantes para el sector público.

8. Cualquier otra función que la legislación le asigne.

Ir al inicio de los resultados