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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 38
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 38
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Artículo 38
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    Artículo 38.—Lo relativo al procedimiento de anulación de la elección del órgano directivo de una asociación o federación de representación nacional corresponde al Tribunal de Conflictos Deportivos, previo agotamiento de la vía interna.

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