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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 72
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 72
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Artículo 72
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    Artículo 72.—Para ser elegible para recibir recursos del Fondo de Selecciones Nacionales, la entidad deberá incluir en su plan anual:

a) Programación de trabajo de la Selección, incluyendo fase de preparación, fogueos y competición oficial.

b) Valoración de la importancia del torneo, ya sea que se trate de ciclo olímpico, campeonato mundial o regional.

c) Destino de los recursos solicitados.

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