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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28922 >> Fecha 18/08/2000 >> Articulo 82
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28922 - Articulo 82
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Artículo 82
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TÍTULO IX
Disposiciones finales

    Artículo 82.—Dentro de su presupuesto anual, y según el Plan Nacional y las solicitudes que al efecto le hayan hecho las entidades deportivas o centros educativos, el Instituto incluirá un rubro para compra de materiales didácticos, deportivos y de estimulo y fomento a! deporte que podrá donar a las entidades deportivas que se encuentren debidamente inscritas y vigentes, y con sus obligaciones al día, o a instituciones educativas, «según la autorización que al efecto establece para el Instituto el Artículo 99 de la Ley.

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