Buscar:
 Normativa >> Ley 6683 >> Fecha 14/10/1982 >> Articulo 60
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 60     >>
Normativa - Ley 6683 - Articulo 60
Ir al final de los resultados
Artículo 60
Versión del artículo: 1  de 1
60

Artículo 60°.-Los diccionarios, las enciclopedias y demás obras colectivas referidas en el artículo 6 de esta ley, serán protegidos por setenta años a partir de su publicación. No obstante, cuando se trate de obras compuestas por varios volúmenes, que no se hayan publicado en el mismo año, así como de los folletines o las entregas periódicas, el plazo comenzará a contarse respecto de cada volumen, folletín o entrega, desde la publicación respectiva.

(Así reformado por el artículo 1° inciso e) de la ley 7979 del 6 de enero del 2000)

Ir al inicio de los resultados