Buscar:
 Normativa >> Ley 6683 >> Fecha 14/10/1982 >> Articulo 67
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 67     >>
Normativa - Ley 6683 - Articulo 67
Ir al final de los resultados
Artículo 67
Versión del artículo: 1  de 1
67

TITULO I

CAPITULO IX

Excepciones a la protección

Artículo 67°.- Las noticias con carácter de prensa informativa no gozan de la protección de esta ley; sin embargo, el medio que las reproduzca o retransmita estará obligado a consignar la fuente original de donde se tomó la información.

(Así reformado por el artículo 1° inciso f) de la ley 7979 del 6 de enero del 2000)

Ir al inicio de los resultados