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 Normativa >> Ley 5525 >> Fecha 02/05/1974 >> Articulo 24
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Normativa - Ley 5525 - Articulo 24
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Artículo 24
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24

Artículo 24.- Esta ley es de orden público y deroga a la ley Nº 3087

de 31 de enero de 1963 y todas aquellas otras disposiciones que se le

opongan.

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