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ARTÍCULO 27.- Estructura administrativa de las Áreas de Conservación
Las Áreas de Conservación estarán conformadas por las siguientes
unidades administrativas:
a) El Consejo Regional del Área de Conservación.
b) La Dirección Regional de Área de Conservación.
c) El comité científico-técnico.
d) El órgano de administración financiera de las áreas protegidas.
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