Artículo 93
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ARTÍCULO 93.- Guías para la evaluación de impacto ambiental
La Secretaría Técnica Nacional deberá incluir en las guías para
elaborar la evaluación de impacto ambiental, los cambios en la
biodiversidad, sean naturales o hechos por el hombre, y la identificación
de los procesos o actividades que ejercen impacto sobre la conservación y
el uso de la biodiversidad.
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