82
Artículo 91. — Los traspasos de licencias municipales deberán obtener la aprobación
municipal.
(Corrida su numeración por el artículo 1° de
la ley N° 9542 “Ley de
Fortalecimiento de la Policía Municipal” del 23 de abril del 2018, que lo traspasó
del antiguo artículo 82 al 91)
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