183
ARTÍCULO
196. -
Deróganse las siguientes leyes:
a) Código Municipal, No. 4574, de 4 de mayo de 1970.
(Corregido mediante Fe de Erratas, publicada en La Gaceta N° 240 de 10
de diciembre 1998)
b)
Ordenanzas Municipales, No. 20, de 24 de julio de 1867.
(Así corrida su numeración por el inciso a) del
artículo único de la Ley N° 7812 del 8 de julio de 1998, que lo traspasó del
antiguo 174 al 183 actual del artículo)
(Corrida
su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542 "Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal"
del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo 183 al 192)
(Así
modificada su numeración por el artículo 12 de la ley Fomento e incentivos a
los emprendimientos y las microempresas, N° 9998 del 4 de octubre de 2021, que
lo traspaso del antiguo artículo 192 al 196)
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