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 Normativa >> Reglamento municipal 0 - 1 >> Fecha 26/07/1999 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 0 - 1 - Articulo 9
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Artículo 9
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ANUNCIOS SALIENTES

   

Artículo 9°-Se clasifican como anuncios salientes aquellos que proyecten más de la Iínea de construcción del edificio o finca en la cual se instalen. Podrán ocupar el ancho mismo de la acera, cuando se encuentren colocados a una altura sobre el nivel de la acera superior a 2.5 m .

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