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 Normativa >> Ley 7975 >> Fecha 04/01/2000 >> Articulo 10
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Normativa - Ley 7975 - Articulo 10
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Artículo 10
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ARTÍCULO 10.- Protección. La protección de la información no divulgada no otorga derechos como una patente; se caracteriza por otorgar un derecho limitado de propiedad en cuanto a su posesión y usufructo, siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas en el primer párrafo del artículo 2 de la presente ley.

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