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 Normativa >> Ley 7969 >> Fecha 22/12/1999 >> Articulo 30
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Normativa - Ley 7969 - Articulo 30
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Artículo 30
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30

SECCIÓN II

PROCEDIMIENTO ESPECIAL ABREVIADO

ARTÍCULO 30.- Convocatoria a concurso

Aprobados los estudios de oferta y demanda que determinen el número

de concesiones que se otorgarán por base de operación en el territorio

nacional, el Consejo publicará en La Gaceta y los diarios de mayor

circulación nacional, un concurso público para calificar a los futuros

concesionarios del servicio de taxi.

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