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ARTÍCULO 32.- Requisitos de las ofertas
Las ofertas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Presentar la oferta original con dos copias iguales a ella,
escritas en español, en papel común, sin borrones ni tachaduras,
debidamente firmadas por el oferente, e indicar con claridad el nombre o
la razón social de él, sus calidades personales, cédula de identidad,
residencia y lugar para recibir notificaciones.
b) Presentar la oferta en sobre cerrado dirigido al Consejo de
Transporte Público y especificar el objeto del concurso y la base de
operación donde se pretende prestar el servicio.
c) Adjuntar la declaración jurada rendida ante notario público, en la
cual conste:
1.- Que no lo alcanza ninguna de las prohibiciones contenidas en esta
ley, ni en la Ley de Contratación Administrativa, No. 7494, y sus
reglamentos.
2.- Que se compromete a respetar la base de operación que se le
asigne.
3.- Que se compromete a mantener vigente, durante todo el período de
la concesión, el seguro del vehículo que utilizará para prestar el
servicio de taxi.
4.- Que se compromete a cobrar solo las tarifas autorizadas
oficialmente.
5.- Que no es miembro de una persona jurídica concesionaria de
transporte remunerado de personas en la modalidad de taxi.
d) Demostrar que está al día en el pago de los impuestos nacionales.
e) Aportar copia de la cédula de identidad.
f) Aportar certificación del Consejo de Seguridad Vial que acredite
haber cancelado las obligaciones citadas en la Ley de tránsito por vías
públicas y terrestres, No. 7331, de 13 de abril de 1993.
g) Rendir garantía de participación equivalente a un salario base
establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337, de 5 de mayo de 1993, a
favor del Consejo de Transporte Público, en la forma mencionada en el
Reglamento de la Contratación Administrativa. El propósito es garantizar
la seriedad de la oferta mediante la cual concursa.
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