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 Normativa >> Ley 7961 >> Fecha 17/12/1999 >> Articulo 31
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Normativa - Ley 7961 - Articulo 31
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Artículo 31
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31

Artículo 31.- Publicidad del registro. El registro de esquemas de trazado de circuitos integrados es público y cualquier persona podrá consultarlo, de acuerdo con las modalidades de consulta que determinará el Registro.

Cuando el esquema de trazado cuyo registro se solicita incluya algún secreto empresarial, y el solicitante haya presentado, oportunamente, una representación del esquema en la cual se hayan omitido, borrado o desconfigurado las partes que contengan el secreto, la representación gráfica integral del esquema no será accesible a terceras personas, salvo con autorización escrita del solicitante o el titular del registro.

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