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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26921 >> Fecha 20/03/1998 >> Articulo 141
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26921 - Articulo 141
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Artículo 141
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    Artículo 141.—De los programas de prevención y combate de plagas.

    La Dirección elaborará los programas, las medidas y procedimientos técnicos para la prevención de plagas exóticas, planes de emergencia para combatir plagas exóticas detectadas, plagas declaradas de combate obligatorio y el seguimiento posentrada de material vegetal para propagación, agentes de control biológico y otros organismos usados en la agricultura.

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