Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26921 >> Fecha 20/03/1998 >> Articulo 217
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 217     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26921 - Articulo 217
Ir al final de los resultados
Artículo 217
Versión del artículo: 1  de 1

    Artículo 217.—De la inspección en instalaciones para empaque de plantas y productos vegetales. Al menos una vez al mes, funcionarios de la Dirección realizarán visitas de inspección a las instalaciones dedicadas al empaque de plantas y productos vegetales para asegurar el cumplimiento de los lineamientos técnicos establecidos, sobre empaques, tarimas, bodegas, desechos o material de rechazo, manejo del agua, manejo del producto empacado, limpieza de las instalaciones y cualquier otro procedimiento o proceso que se lleve a cabo en las mismas. Al finalizar la inspección se anotarán las recomendaciones y observaciones en el libro de inspección, siendo éstas de acatamiento obligatorio.

Ir al inicio de los resultados