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 Normativa >> Ley 7935 >> Fecha 25/10/1999 >> Articulo 46
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Normativa - Ley 7935 - Articulo 46
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Artículo 46
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46

CAPÍTULO II

DIRECTOR EJECUTIVO

ARTÍCULO 46.- Designación y remoción

Para designar y remover al Director Ejecutivo serán necesarios al menos seis votos de la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor.

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